Pruebas de acceso e ingreso

 

ACCESO A LAS ENSEÑANZAS PROFESIONALES

RESOLUCIÓN de 30 de abril de 2026, de la Dirección General de Ordenación Educativa, por la que se establece la convocatoria del proceso de admisión y matrícula en las enseñanzas elementales y profesionales de Música y de Danza de la Comunitat Valenciana para el curso 2026-2027.

 

INSCRIPCIÓN: desde las 08:00h. del 5 de mayo hasta  las 14.00h. del 19  de mayo de 2026

• Listas provisionales de admitidos y excluidos: 26 de mayo de 2026

• Reclamación a las listas provisionales: 27, 28 y 29 de mayo de 2026

• Pago de tasas: del 26 de mayo al 5 de junio de 2026

• Listas definitivas de admitidos y excluidos: 9 de junio de 2026

• Realización de las pruebas de acceso:  del 15 al 22 de junio de 2026

• Resultados provisionales de las pruebas de acceso: 25 de junio de 2026

• Resultados definitivos de las pruebas de acceso: 1 de julio de 2026

Oferta de vacantes

Oferta plazas vacantes provisionales por especialidad curso 2026-2027: antes del 5 de mayo de 2026

• Oferta actualizada de vacantes por especialidad: 30 de junio de 2026

• Oferta de vacantes por especialidad no cubiertas en la adjudicación: 17 de julio de 2026

• Oferta de vacantes por especialidad no cubiertas en 2a adjudicación: 24 de julio de 2026

• Oferta de vacantes por especialidad no cubiertas en convocatoria extraordinaria: 16 de septiembre de 2026

 

PRESENTACIÓN

SEDE ELECTRÓNICA (ÚNICAMENTE DE FORMA TELEMÁTICA)

Documentación necesaria para realizar la inscripción:

Solicitud de inscripción o de ingreso y acceso 

Justificante del pago de la tasa

DNI alumno o alumna, o en su caso hoja del Libro de Familia donde conste

Una vez rellenada y registrada la solicitud telemática, ésta quedará archivada, como documentación para poder realizar las respectivas pruebas de ingreso y/o acceso, en lo/los conservatorio/s donde desean realizar las mencionadas pruebas, asumiendo las condiciones en referencia a la veracidad de toda la documentación enviada.

Además, todo el alumnado que vaya a realizar la prueba, o en su caso, madres/padres o tutores legales de los mismos, tendrán que llevar la justificación del registro de envío de la solicitud, generada del proceso telemático, junto con los originales de toda la documentación, el día del examen (para poder ser cotejada por parte del personal del conservatorio).

 


PROCEDIMIENTO PÚBLICO DE ADJUDICACIÓN DE PLAZAS ESCOLARES Y MATRÍCULA

ORDEN 8/2026, de 24 de abril, de la Conselleria de Educación, Cultura y Universidades, por la que se regula el procesode admisión a las enseñanzas elementales y profesionales de música y de danza en la Comunitat Valenciana

Prueba de acceso a las enseñanzas profesionales de música – Todos los cursos 

Estructura y calificación/ponderación

 

Toda la información sobre el contenido para las pruebas de acceso por asignaturas está en» información académica-enseñanza profesional-contenidos terminales por asignatura» de esta web.

 

 

Estructura de la prueba

La prueba de acceso constará de dos apartados: práctica instrumental o vocal y ejercicios de capacidades

teórico-prácticas específicas, organizados del modo siguiente:

a) Práctica instrumental o vocal

Se compondrá de los siguientes subapartados:

a.1) Interpretación instrumental o vocal.

La persona aspirante deberá presentar un programa de tres obras o movimientos de diferente estilo, con un nivel igual o superior al establecido como final del curso precedente al que opta.

El tribunal determinará las partes o fragmentos que se interpretarán.

Se valorará la interpretación de memoria.

En la especialidad de percusión, las tres obras deberán ser necesariamente para marimba o xilófono, caja y timbales, respectivamente.

Los centros deberán publicar, durante el primer trimestre del curso académico, los contenidos mínimos exigidos para el acceso al primer curso en aquellas especialidades que no dispongan de currículo en enseñanzas elementales, así como un listado orientativo de obras de referencia.

a.2) Lectura a primera vista.

Consistirá en la interpretación de un fragmento a primera vista cuyo contenido no será superior al nivel fijado como final del curso precedente al que se opta.

En la especialidad de Canto este subapartado no será exigible.

b) Ejercicios de capacidades teórico-prácticas específicas según el curso al que se opte.

 

Comprenderán los ejercicios correspondientes a las asignaturas del curso inmediatamente anterior al solicitado, así como de cursos previos cuando las materias tengan desarrollo curricular en niveles anteriores.

Los subapartados serán los siguientes:

Acceso a 1.º curso:

• Lenguaje Musical.

Acceso a 2.º curso:

• Lenguaje Musical.

• Idiomas Aplicados al Canto (solo en especialidad de Canto).

• Tabalet (solo en especialidad de Dulzaina).

Acceso a 3.er curso:

Lenguaje Musical.

• Piano Complementario (en especialidades que no sea Piano).

• Idiomas Aplicados al Canto (solo en Canto).

• Tabalet (solo en Dulzaina).

Acceso a 4.º curso:

• Armonía.

• Piano Complementario (en especialidades que no sea Piano).

• Idiomas Aplicados al Canto (solo en Canto).

• Tabalet (solo en Dulzaina).

Acceso a 5.º curso:

• Armonía.

• Piano Complementario (en especialidades que no sea Piano).

• Idiomas Aplicados al Canto (solo en Canto).

• Tabalet (solo en Dulzaina).

Acceso a 6.º curso:

• Análisis.

• Historia de la Música.

• Piano Complementario(en especialidades que no sea Piano).

• Idiomas Aplicados al Canto (solo en Canto).

• Acompañamiento (solo en Piano y Guitarra).

• Tabalet (solo en Dulzaina).

Observación técnica sobre Idiomas Aplicados al Canto:

Los ejercicios de esta materia versarán sobre los contenidos de todos los cursos previos al nivel al que se opta, siguiendo la secuenciación establecida en la programación del centro.

Calificación y ponderación:

La prueba se calificará de 0 a 10 puntos, con un máximo de un decimal.

Para superar la prueba será necesario obtener al menos 5 puntos en cada uno de los apartados a) y b), ambos con carácter eliminatorio.

La ponderación será la siguiente:

a) Práctica instrumental o vocal (60 %)

Este apartado tendrá carácter eliminatorio y exigirá una calificación mínima de 5 puntos para permitir el acceso al cálculo del apartado b).

a.1) Interpretación (70 % de la nota del apartado a).

Será necesario obtener mínimo 5 puntos para que la ponderación sea aplicable.

Para las especialidades exentas de lectura a primera vista, esta calificación constituirá el 100 % del apartado a).

a.2) Lectura a primera vista (30 % de la nota del apartado a).

Será necesario obtener mínimo 4 puntos para que la ponderación pueda ser aplicada.

b) Ejercicios de capacidades teórico-prácticas específicas (40 %)

La media aritmética de los subapartados constituirá la nota del apartado b).

Para calcular dicha media será necesario obtener mínimo 4 puntos en cada subapartado.

Este apartado tendrá carácter eliminatorio.

Otras disposiciones aplicables

Si la persona aspirante realiza la prueba de acceso a un mismo curso en varias especialidades, los ejercicios comunes del apartado b) (teórico-práctico) se realizarán una única vez, siendo la calificación válida para todas las especialidades solicitadas.

Publicación del listado de los aspirantes aprobados.

Los resultados provisionales de la prueba se publicarán en los tablones de anuncios del centro y en la página web, en una lista ordenada de mayor a menor nota obtenida por los aspirantes. Las persona interesadas podrán interponer una reclamación contra el listado provisional  mediante un escrito dirigido a la dirección del centro. Una vez resueltas las reclamaciones, la dirección publicará el listado definitivo de aspirantes con plaza y el horario de matriculación en el centro. Si el alumno aprueba la prueba pero no llega a obtener plaza, quedará en lista de espera por si se producen bajas o renuncias de matrícula. 

Adjudicación de vacantes Enseñanzas Elementales y Profesionales

Niveles de prioridad

El orden de adjudicación de plazas vacantes dentro de cada especialidad se realizará, en primer lugar, de acuerdo con los siguientes niveles de prioridad:

a) Nivel 1: enseñanzas profesionales. Aspirantes cuya edad sea inferior a 18 años a lo largo del año natural en que dé comienzo el curso objeto de la convocatoria.

b) Nivel 2: enseñanzas elementales. Aspirantes cuya edad sea inferior a 12 años a lo largo del año natural en que dé comienzo el curso objeto de la convocatoria.

c) Nivel 3: enseñanzas profesionales. Aspirantes cuya edad sea igual o superior a 18 años a lo largo del año natural en que dé comienzo el curso objeto de la convocatoria.

d) Nivel 4: enseñanzas elementales. Aspirantes cuya edad sea igual o superior a 12 años a lo largo del año natural en que dé comienzo el curso objeto de la convocatoria.

Prelación y criterios de ordenación en cada nivel de prioridad

1. Dentro de cada uno de los niveles de prioridad establecidos en el artículo anterior, se seguirá el siguiente orden de prelación, teniendo en cuenta que no se adjudicarán vacantes correspondientes a un nivel de prioridad inferior mientras haya aspirantes de la misma especialidad pendientes de adjudicar en niveles de prioridad superiores:

   1.º Readmisión de acuerdo con lo establecido en el artículo 12 de la orden 8/2026 de la Conselleria de Educación, Cultura y Universidades

     2.º Admisión por superación de la prueba de acceso en el mismo centro.

   3.º Cambio de especialidad sin realizar prueba de acceso, para alumnado que finaliza y supera el primer curso de enseñanzas elementales de Música. (Aplicable únicamente a los niveles de prioridad 2 y 4).

2. Dentro de cada apartado del orden de prelación, la adjudicación de plazas se realizará siguiendo los criterios de ordenación que se detallan a continuación:

     1.º Curso, de mayor a menor.

     2.º Mejor calificación en la prueba de acceso o expediente académico, según requiera la modalidad de admisión.

     3.º Año de nacimiento más reciente.

     4.º En caso de empate en todos los puntos anteriores, se resolverá por el sorteo público que la conselleria competente en materia de educación celebra anualmente para regular los procesos de admisión de alumnado en centros sostenidos con fondos públicos.

Primera adjudicación de la convocatoria ordinaria

1. A partir de los resultados de las pruebas de acceso, y con las solicitudes de admisión de las diferentes modalidades (readmisión, cambio de especialidad), se realizará una primera adjudicación y matriculación de los dos primeros niveles de prioridad, a excepción de primer curso de enseñanzas elementales de Música, aplicando el orden de prelación y criterios de ordenación establecidos en el artículo anterior.

2. Una vez resuelta la adjudicación contemplada en el apartado anterior se efectuará la adjudicación de vacantes, así como la asignación de especialidad, para los aspirantes de hasta 12 años que hayan superado la prueba de acceso al primer curso de enseñanzas elementales de Música. Esta adjudicación de vacantes se realizará en un acto público, siguiendo el orden de calificación obtenido en la prueba de acceso.

Las vacantes por especialidades instrumentales que oferte el centro, en función de sus plazas disponibles, se harán públicas con una antelación mínima de 48 horas antes del inicio del procedimiento público de adjudicación.

La elección de plaza, según las vacantes disponibles, deberá ser realizada por los representantes legales del aspirante, en caso de que este sea menor de edad. Si no pudieran asistir en la fecha y hora asignadas, podrán autorizar expresamente a otra persona para que los represente. En todos los casos, será obligatorio acreditar la identidad mediante documento nacional de identidad (DNI), número de identificación de extranjero (NIE) o pasaporte.

En el procedimiento de adjudicación de vacantes, los aspirantes serán convocados por una sola vez, siguiendo el orden que figure en las listas definitivas de las pruebas de acceso.

El acto de adjudicación se realizará de forma presencial.  Durante la convocatoria, los aspirantes, sus representantes legales o las personas autorizadas por ellos elegirán el instrumento entre aquellos con plazas disponibles y confirmarán la aceptación del puesto escolar. En caso de no existir plazas disponibles en los instrumentos solicitados, el aspirante será incluido en una lista de espera para posibles vacantes en las especialidades de su interés.

Los aspirantes que no participen en la fecha y hora establecidas perderán el derecho a obtener plaza según el orden asignado en las listas, pudiendo únicamente optar a las plazas que queden vacantes una vez finalizado el turno de todos los aspirantes convocados. Una vez concluido el procedimiento de adjudicación, no se podrá reclamar el derecho a ocupar plazas que ya hayan sido asignadas.

3. Las vacantes que resulten en este punto del proceso se ofrecerán a los aspirantes del tercer y cuarto nivel de prioridad, aplicando el orden de prelación y criterios de ordenación establecidos. No será necesario realizar el acto público para la adjudicación de especialidades para los aspirantes a primer curso de enseñanzas elementales mayores de 12 años. Esta adjudicación podrá ser gestionada por la secretaría del centro, atendiendo a la calificación obtenida en la prueba de acceso.

Segunda adjudicación de la convocatoria ordinaria

Finalizada la primera adjudicación de vacantes conforme a lo dispuesto en el artículo anterior, se procederá, en el caso de que existan plazas vacantes, a una segunda adjudicación de la convocatoria ordinaria, que seguirá el mismo orden de prioridad y criterios de ordenación  pero atendiendo al siguiente orden de prelación:

     1.º Traslado de expediente dentro del proceso de admisión.

     2.º Readmisión desde otro centro, cuando éste no puede ofrecer una plaza al aspirante.

     3.º Admisión por prueba de acceso superada en otro centro sin haber obtenido plaza.

Convocatoria extraordinaria y cobertura de vacantes durante el curso

1. La convocatoria extraordinaria deberá ser autorizada por la Conselleria, esta se regirá igualmente por los criterios establecidos en cuanto a niveles de prioridad, orden de prelación y criterios de ordenación siempre y cuando se hayan agotado previamente las listas de espera derivadas de la convocatoria ordinaria. La superación de la prueba de acceso en la convocatoria extraordinaria permitirá, en caso de no obtener plaza vacante, solicitar el acceso en otro centro dentro del plazo establecido en el calendario de admisión.

2. Cobertura de vacantes durante el curso académico. Las vacantes que se generen con el curso iniciado se adjudicarán de acuerdo con el siguiente orden:

    a) Hasta el 15 de diciembre: alumnado que haya superado la prueba de acceso en el mismo centro en la convocatoria ordinaria o extraordinaria sin obtener plaza, siguiendo el orden de adjudicación.

   b) Traslado de expediente durante el curso académico. Este procedimiento permite el traslado de alumnado ya matriculado en otro centro, siempre que existan plazas vacantes y la solicitud se presente antes de la finalización del segundo trimestre.

    c) Hasta el 15 de diciembre: alumnado que haya superado la prueba de acceso en otro centro y no haya obtenido plaza, siguiendo el orden de adjudicación.

 

 

 

 

 


 

 

 

Conservatorio Profesional de Música Juan Cantó en Alcoy
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