Pruebas de acceso e ingreso

INGRESO Y ACCESO A LAS ENSEÑANZAS ELEMENTALES

RESOLUCIÓN de 30 de abril de 2026, de la Dirección General de Ordenación Educativa, por la que se establece la convocatoria del proceso de admisión y matrícula en las enseñanzas elementales y profesionales de Música y de Danza de la Comunitat Valenciana para el curso 2026-2027.

INSCRIPCIÓN: desde las 08:00h. del 5 de mayo hasta  las 14.00h. del 19  de mayo de 2026

• Listas provisionales de admitidos y excluidos: 26 de mayo de 2026

• Reclamación a las listas provisionales: 27, 28 y 29 de mayo de 2026

• Listas definitivas de admitidos y excluidos: 9 de junio de 2026

• Realización de las pruebas de acceso:  del 15 al 22 de junio de 2026

• Resultados provisionales de las pruebas de acceso: 25 de junio de 2026

• Resultados definitivos de las pruebas de acceso: 1 de julio de 2026

Oferta de vacantes

Oferta plazas vacantes provisionales por especialidad curso 2026-27: antes del 5 de mayo de 2026

• Oferta actualizada de vacantes por especialidad: 30 de junio de 2026

• Oferta de vacantes por especialidad no cubiertas en la adjudicación: 17 de julio de 2026

• Oferta de vacantes por especialidad no cubiertas en 2a adjudicación: 24 de julio de 2026

• Oferta de vacantes por especialidad no cubiertas en convocatoria extraordinaria: 16 de septiembre de 2026

 

 

PRESENTACIÓN

SEDE ELECTRÓNICA (ÚNICAMENTE DE FORMA TELEMÁTICA)

Documentación a aportar:

• Solicitud de inscripción  de ingreso y acceso

DNI alumno o alumna, o en su caso hoja del Libro de Familia donde conste

Una vez rellenada y registrada la solicitud telemática, ésta quedará archivada, como documentación para poder realizar las respectivas pruebas de ingreso y/o acceso en el Conservatorio, asumiendo las condiciones en referencia a la veracidad de toda la documentación enviada.

Además, todo el alumnado que vaya a realizar la prueba, o en su caso, madres/padres o tutores legales de los mismos, tendrán que llevar la justificación del registro de envío de la solicitud, generada del proceso telemático, junto con los originales de toda la documentación, el día del examen (para poder ser cotejada por parte del personal del conservatorio).

OBJETO DEL TRÁMITE

El alumnado que desee iniciar las enseñanzas elementales de música a través del ingreso en primer curso, deberá realizar una prueba mediante la cual se valorarán las aptitudes del aspirante para cursar dichas enseñanzas.

Asimismo podrá accederse a cada curso de las enseñanzas elementales sin haber cursado los anteriores siempre que, a través de una prueba realizada ante una comisión de evaluación designada por el director del centro, el aspirante demuestre poseer los conocimientos teórico-prácticos, y técnico-instrumentales, en el caso de música, necesarios para seguir con aprovechamiento las enseñanzas correspondientes.

REQUISITOS

Las enseñanzas elementales de Música se cursarán ordinariamente entre los 8 y los 12 años, cumplidos en el año natural de inicio y de finalización, respectivamente, de las enseñanzas. El inicio de las enseñanzas elementales con menos de ocho años se entenderá como excepcional.

 


PROCEDIMIENTO PÚBLICO DE ADJUDICACIÓN DE PLAZAS ESCOLARES Y MATRÍCULA

INGRESO A PRIMER CURSO DE LAS ENSEÑANZAS ELEMENTALES

La prueba de acceso al primer curso de enseñanzas elementales de Música tendrá como finalidad valorar las aptitudes musicales de los aspirantes, sin que se exijan conocimientos previos. Edad Ordinaria (de 8 a 12 años)

Procedimiento de autorización a primer curso de enseñanzas elementales de música para aspirantes de 7 años:

Podrán solicitar la autorización para participar en las pruebas de acceso al primer curso de las enseñanzas elementales de música o de danza las personas aspirantes que cumplan siete años durante el año natural de realización de la prueba y se encuentren en alguno de los supuestos siguientes:

a) Aspirantes con altas capacidades intelectuales

Las personas aspirantes deberán adjuntar a su solicitud un informe sociopsicopedagógico emitido por el servicio de orientación educativa de la red pública de la Generalitat Valenciana, o un gabinete psicopedagógico autorizado, en el que conste expresamente la condición de altas capacidades intelectuales.

La dirección del centro validará las solicitudes que presenten la documentación requerida, siempre que se aporten en forma y plazo, según el calendario establecido.

b) Aspirantes con precocidad extraordinaria acreditada para la disciplina artística

Las personas aspirantes deberán adjuntar a su solicitud la siguiente documentación:

  • Informe acreditativo de aptitudes artísticas, emitido y firmado por el profesorado que haya impartido docencia directa al aspirante, o un profesional cualificado en el correspondiente ámbito.
  • Escrito de motivación, presentado por los representantes legales, justificando la solicitud de participación en las pruebas de acceso.

PRUEBAS A PRIMER CURSO

La prueba se ajustará a la siguiente estructura y criterios de calificación:

(Anexo II de la ORDEN 8/2026, de 24 de abril, de la Conselleria de Educación, Cultura y Universidades, por la que se regula el proceso de admisión a las enseñanzas elementales y profesionales de música y de danza en la Comunitat Valenciana.)

Estructura de la prueba

La prueba consistirá en la realización de diversos ejercicios de carácter melódico, rítmico, psicomotor e interpretativo, diseñados de forma que no requieran conocimientos musicales previos. La prueba se estructurará en los siguientes subapartados:

a) Capacidad rítmica.

Se evaluará mediante ejercicios de imitación rítmica a través de percusión corporal, trabajo de pulsación regular y otras actividades orientadas a valorar la coordinación y la percepción de la pulsación y del ritmo.

b) Capacidad auditiva.

Se valorará la discriminación auditiva, incluyendo ejercicios de reconocimiento de alturas (grave/agudo) y diferenciación de fragmentos musicales o patrones sonoros.

c) Capacidad melódica y vocal.

A través de ejercicios de imitación y repetición vocal de fórmulas melódicas sencillas, se evaluará la entonación, la afinación y la capacidad de reproducir estructuras melódicas básicas.

 

Calificación y ponderación

La prueba será evaluada por un tribunal integrado prioritariamente por profesorado del departamento de lenguaje musical del centro. La puntuación será numérica, de 0 a 10 puntos,   con un máximo de  un decimal.  Será necesaria una calificación  mínima de 5 puntos  para superar  la  prueba. La  calificación final se  obtendrá  aplicando la  media  aritmética de  las puntuaciones  obtenidas en cada uno de los subapartados.  La elección de   especialidad instrumental  se realizará por orden de puntuación obtenida,  mediante el procedimiento  de adjudicación de vacantes por especialidad de cada centro, conforme al orden de adjudicación establecido en esta orden.

Publicación del listado de aspirantes aprobados.

Los resultados provisionales de la prueba se publicarán en los tablones de anuncios del centro y en la página web, en un listado ordenando de mayor a menor nota obtenida por los aspirantes. Las personas interesadas podrán interponer reclamación contra el listado provisional, mediante un escrito dirigido al centro. Una vez resueltas las reclamaciones, la dirección publicará el listado definitivo de aspirantes.

PRUEBA DE ACCESO A UN CURSO DISTINTO DE PRIMERO DE LAS ENSEÑANZAS ELEMENTALES (2º,3º Y 4º) ESTRUCTURA , CALIFICACIÓN Y PONDERACIÓN

La prueba se ajustará a la siguiente estructura y criterios de calificación:

(Anexo III de la ORDEN 8/2026, de 24 de abril, de la Conselleria de Educación, Cultura y Universidades, por la que se regula el proceso de admisión a las enseñanzas elementales y profesionales de música y de danza en la Comunitat Valenciana.)

Toda la información sobre el contenido para las pruebas de acceso por asignatura está en» información académica-enseñanza elemental-contenidos terminales por asignatura» de esta web.

Las personas aspirantes podrán acceder a un curso distinto de primero mediante la superación de la correspondiente prueba de acceso, en  la cual   deberán  acreditar  que poseen las   competencias interpretativas  y  teóricoprácticas  necesarias para cursar   con aprovechamiento las enseñanzas propias del curso solicitado.

La prueba de acceso constará de los siguientes apartados:

a) Apartado instrumental, específico de la especialidad a la que se opta.

b) Apartado teórico-práctico, destinado a valorar los conocimientos y capacidades necesarios para abordar el conjunto de asignaturas del currículo a partir del curso solicitado.

Las pruebas específicas de acceso a segundo, tercero y cuarto curso de las enseñanzas elementales de Música se ajustarán a los contenidos del curso inmediatamente anterior a aquel al que se pretende acceder.

Consta de dos ejercicios que son eliminatorios:

Estructura de la prueba

La prueba constará de dos apartados: práctica instrumental y lenguaje musical, organizados del modo

siguiente:

a) Práctica instrumental.

Se compondrá de los siguientes subapartados:

a.1) Interpretación.

La persona aspirante deberá presentar un programa de tres obras o movimientos de diferente estilo, con un nivel igual o superior al establecido como final del curso precedente al que opta.

El tribunal determinará qué obras, partes o fragmentos se interpretarán.

Se valorará la interpretación de memoria.

En la especialidad de percusión, las tres obras deberán ser necesariamente para marimba o xilófono, caja y timbales, respectivamente.

a.2) Lectura a primera vista.

Consistirá en la interpretación a primera vista de un fragmento cuyo contenido no será superior al nivel fijado para la finalización del curso precedente al solicitado.

a) Práctica instrumental (60 % de la calificación final).

Este apartado tendrá carácter eliminatorio, siendo necesaria una nota mínima de 5 puntos para poder realizar el apartado b).

a.1) Interpretación (70 % de la nota del apartado a).

Para que este subapartado pueda ser ponderado en la calificación del apartado a), será necesario obtener una calificación mínima de 5 puntos.

a.2) Primera vista (30 % de la nota del apartado a).

Será necesaria una calificación mínima de 4 puntos para que pueda ponderarse.

b) Lenguaje musical (40 % de la calificación final).

La media aritmética de los ejercicios de lectura rítmica y melódica, teoría y dictado constituirá el 40 % de la nota final.

Será imprescindible obtener al menos 4 puntos en cada ejercicio para que pueda calcularse dicha media.

Este apartado también tendrá carácter eliminatorio, siendo necesaria una calificación mínima de 5 puntos.

La prueba se considerará superada únicamente cuando la persona aspirante obtenga una calificación mínima de 5 puntos en cada uno de los apartados a) y b).

Si la persona aspirante realiza la prueba de acceso a un mismo curso en más de una especialidad, la parte de lenguaje musical (apartado b) se realizará una sola vez, y la calificación obtenida será válida para todas las especialidades solicitadas.

Publicación del listado de aspirantes aprobados.

Los resultados provisionales de la prueba se publicarán en los tablones de anuncios del centro y en la página web, en una lista ordenada de mayor a menor nota obtenida por los aspirantes. Las personas interesadas podrán interponer reclamación contra el listado provisional mediante un escrito dirigido a la dirección del centro. Una vez resueltas las reclamaciones, la dirección publicará el listado definitivo de aspirantes con plaza y el horario de matriculación en el centro. Si el alumno/a aprueba la prueba pero no llega a obtener plaza, quedará en lista de espera por si se producen bajas o renuncias de matrícula. 

Adjudicación de vacantes Enseñanzas Elementales y Profesionales

Niveles de prioridad

El orden de adjudicación de plazas vacantes dentro de cada especialidad se realizará, en primer lugar, de acuerdo con los siguientes niveles de prioridad:

a) Nivel 1: enseñanzas profesionales. Aspirantes cuya edad sea inferior a 18 años a lo largo del año natural en que dé comienzo el curso objeto de la convocatoria.

b) Nivel 2: enseñanzas elementales. Aspirantes cuya edad sea inferior a 12 años a lo largo del año natural en que dé comienzo el curso objeto de la convocatoria.

c) Nivel 3: enseñanzas profesionales. Aspirantes cuya edad sea igual o superior a 18 años a lo largo del año natural en que dé comienzo el curso objeto de la convocatoria.

d) Nivel 4: enseñanzas elementales. Aspirantes cuya edad sea igual o superior a 12 años a lo largo del año natural en que dé comienzo el curso objeto de la convocatoria.  Prelación y criterios de ordenación en cada nivel de prioridad

1. Dentro de cada uno de los niveles de prioridad establecidos en el artículo anterior, se seguirá el siguiente orden de prelación, teniendo en cuenta que no se adjudicarán vacantes correspondientes a un nivel de prioridad inferior mientras haya aspirantes de la misma especialidad pendientes de adjudicar en niveles de prioridad superiores:

   1.º Readmisión de acuerdo con lo establecido en el artículo 12 de la orden 8/2026 de la Conselleria de Educación, Cultura y Universidades

     2.º Admisión por superación de la prueba de acceso en el mismo centro.

   3.º Cambio de especialidad sin realizar prueba de acceso, para alumnado que finaliza y supera el primer curso de enseñanzas elementales de Música. (Aplicable únicamente a los niveles de prioridad 2 y 4).

2. Dentro de cada apartado del orden de prelación, la adjudicación de plazas se realizará siguiendo los criterios de ordenación que se detallan a continuación:

     1.º Curso, de mayor a menor.

     2.º Mejor calificación en la prueba de acceso o expediente académico, según requiera la modalidad de admisión.

     3.º Año de nacimiento más reciente.

     4.º En caso de empate en todos los puntos anteriores, se resolverá por el sorteo público que la conselleria competente en materia de educación celebra anualmente para regular los procesos de admisión de alumnado en centros sostenidos con fondos públicos.

Primera adjudicación de la convocatoria ordinaria

1. A partir de los resultados de las pruebas de acceso, y con las solicitudes de admisión de las diferentes modalidades (readmisión, cambio de especialidad), se realizará una primera adjudicación y matriculación de los dos primeros niveles de prioridad, a excepción de primer curso de enseñanzas elementales de Música, aplicando el orden de prelación y criterios de ordenación establecidos en el artículo anterior.

2. Una vez resuelta la adjudicación contemplada en el apartado anterior se efectuará la adjudicación de vacantes, así como la asignación de especialidad, para los aspirantes de hasta 12 años que hayan superado la prueba de acceso al primer curso de enseñanzas elementales de Música. Esta adjudicación de vacantes se realizará en un acto público, siguiendo el orden de calificación obtenido en la prueba de acceso.

Las vacantes por especialidades instrumentales que oferte el centro, en función de sus plazas disponibles, se harán públicas con una antelación mínima de 48 horas antes del inicio del procedimiento público de adjudicación.

La elección de plaza, según las vacantes disponibles, deberá ser realizada por los representantes legales del aspirante, en caso de que este sea menor de edad. Si no pudieran asistir en la fecha y hora asignadas, podrán autorizar expresamente a otra persona para que los represente. En todos los casos, será obligatorio acreditar la identidad mediante documento nacional de identidad (DNI), número de identificación de extranjero (NIE) o pasaporte.

En el procedimiento de adjudicación de vacantes, los aspirantes serán convocados por una sola vez, siguiendo el orden que figure en las listas definitivas de las pruebas de acceso.

El acto de adjudicación se realizará de forma presencial.  Durante la convocatoria, los aspirantes, sus representantes legales o las personas autorizadas por ellos elegirán el instrumento entre aquellos con plazas disponibles y confirmarán la aceptación del puesto escolar. En caso de no existir plazas disponibles en los instrumentos solicitados, el aspirante será incluido en una lista de espera para posibles vacantes en las especialidades de su interés.

Los aspirantes que no participen en la fecha y hora establecidas perderán el derecho a obtener plaza según el orden asignado en las listas, pudiendo únicamente optar a las plazas que queden vacantes una vez finalizado el turno de todos los aspirantes convocados. Una vez concluido el procedimiento de adjudicación, no se podrá reclamar el derecho a ocupar plazas que ya hayan sido asignadas.

3. Las vacantes que resulten en este punto del proceso se ofrecerán a los aspirantes del tercer y cuarto nivel de prioridad, aplicando el orden de prelación y criterios de ordenación establecidos. No será necesario realizar el acto público para la adjudicación de especialidades para los aspirantes a primer curso de enseñanzas elementales mayores de 12 años. Esta adjudicación podrá ser gestionada por la secretaría del centro, atendiendo a la calificación obtenida en la prueba de acceso.

Segunda adjudicación de la convocatoria ordinaria

Finalizada la primera adjudicación de vacantes conforme a lo dispuesto en el artículo anterior, se procederá, en el caso de que existan plazas vacantes, a una segunda adjudicación de la convocatoria ordinaria, que seguirá el mismo orden de prioridad y criterios de ordenación  pero atendiendo al siguiente orden de prelación:

     1.º Traslado de expediente dentro del proceso de admisión.

     2.º Readmisión desde otro centro, cuando éste no puede ofrecer una plaza al aspirante.

     3.º Admisión por prueba de acceso superada en otro centro sin haber obtenido plaza.

Convocatoria extraordinaria y cobertura de vacantes durante el curso

 1. La convocatoria extraordinaria deberá ser autorizada por la Conselleria, esta se regirá igualmente por los criterios establecidos en cuanto a niveles de prioridad, orden de prelación y criterios de ordenación siempre y cuando se hayan agotado previamente las listas de espera derivadas de la convocatoria ordinaria. La superación de la prueba de acceso en la convocatoria extraordinaria permitirá, en caso de no obtener plaza vacante, solicitar el acceso en otro centro dentro del plazo establecido en el calendario de admisión.

 2. Cobertura de vacantes durante el curso académico. Las vacantes que se generen con el curso iniciado se adjudicarán de acuerdo con el siguiente orden:

    a) Hasta el 15 de diciembre: alumnado que haya superado la prueba de acceso en el mismo centro en la convocatoria ordinaria o extraordinaria sin obtener plaza, siguiendo el orden de adjudicación.

   b) Traslado de expediente durante el curso académico. Este procedimiento permite el traslado de alumnado ya matriculado en otro centro, siempre que existan plazas vacantes y la solicitud se presente antes de la finalización del segundo trimestre.

    c) Hasta el 15 de diciembre: alumnado que haya superado la prueba de acceso en otro centro y no haya obtenido plaza, siguiendo el orden de adjudicación.

 


 

 

NORMATIVA

ORDEN 8/2026, de 24 de abril, de la Conselleria de Educación, Cultura y Universidades, por la que se regula el proceso de admisión a las enseñanzas elementales y profesionales de música y de danza en la Comunitat Valenciana

Orden 28/2011 de 10 de mayo de la Consellería de Educación, por la que se regula la admisión, el acceso y la matrícula, así como los aspectos de ordenación general, para el alumnado que cursa las enseñanzas elementales y profesionales de Música y Danza en la Comunidad Valenciana (DOCV 17/05/2011)

ORDEN 49/2015, de 14 de mayo, de la Consellería de Educación, Cultura y Deporto, por la que se modifican aspectos de la Orden 28/2011, de 10 de mayo, de la Consellería de Educación, por la que se regula la admisión, el acceso y la matrícula, así como los aspectos de ordenación general, para el alumnado que cursa las enseñanzas elementales y profesionales de Música y Danza en la Comunidad Valenciana.

DECRETO 46/2026 (DOGV 2/04/2026), de 27 de marzo, del Consell, por el que se modifican los decretos 158/2007 y 159/2007, de 21 de septiembre, del Consell, por los cuales se establecen los currículos de las enseñanzas profesionales y elementales de Música y se regula el acceso a estas enseñanzas.

Conservatorio Profesional de Música Juan Cantó en Alcoy
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